Convenio Tesorería General de la República (TGR)
- lbravo31
- 3 ago 2023
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 17 ago 2023
¿Solicitaste un giro en servicios impuestos internos debido a impuestos mensuales y/o rentas impagas?, desde la Tesorería los convenios dan la facilidad de pagar tus deudas fiscales hasta en 24 cuotas con un pie de un 30% del valor total de la deuda, te indicamos los pasos a seguir:
Se recuerda que también se pueden acoger al convenio Alivio tributario (Ley 21.514).
“La Tesorería General de la República informó que con la entrada en vigencia de la Ley 21.578, publicada en el Diario Oficial el 30 de mayo pasado, se amplió la vigencia del beneficio de alivio tributario para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), contemplado en la Ley 21.514 (diciembre de 2022), hasta el 31 de marzo de 2024”. Se recuerda que son deudas tributarias vencidas al 30 de junio de 2022 y que figuren en la nómina respectiva proporcionada por el Servicio de Impuestos Internos (SII), para solicitarlo debe realizar la solicitud en el siguiente link https://www.tgr.cl/oficina-virtual-tgr/, menú Solicitudes de Convenios, Solicitud de Convenio Ley de Alivio Tributario (Ley 21.514).
Para el resto de los convenios debe seguir los siguientes pasos:
1. Debes ingresar en la página https://www.tgr.cl/ menú Pagos, Convenios de pagos, crear convenios de deudas fiscales.

2. Más abajo en la página la opción Convenio para deudas vencidas de Impuestos Fiscales y Aduaneros y el botón solicitar convenio para impuestos fiscales en línea.

3. Menú crear convenio, Deudas fiscales. En esta opción nos aparecerá el folio del giro asociado al pinchar en el numero se nos abrirá la propuesta del convenio.


4. Desde la propuesta nos indicara el numero de cuotas, el porcentaje al contado para cancelar la cuota 1 y el total a pagar con multas e intereses y condonaciones, puedes modificar la propuesta al final y volver a calcular, si estar de acuerdo con la propuesta solo debes seguir el paso de aceptar y pagar en línea la cuota 1.

5.La última cuota no tiene valor a pagar debido que es una cuota de reajuste y su valor es calculado una vez pagada la penúltima cuota, las fechas de pago de la Tesorería son como fecha de vencimiento hasta fines de mes.

**Convenio alivio tributario (Ley 21.514): www.tgr.cl/2023/05/31/ley-amplia-plazo-para-normalizar-deudas-tributarias-a-mipymes-hasta-el-31-de-marzo-de-2024/noticias




Comentarios